Financiación I+D+i

SUB73

Código

SUB73

Organismo

Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias. Parque Tecnológico de Asturias 33420 Llanera Tfono.: 985.10.19.10 Fax: 985.26.44.55

Título

INCENTIVOS ECONÓMICOS REGIONALES

Estado

Cerrada

Resumen

Conceptos subvencionables:
- Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: Las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas,laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto.
- Bienes de equipo , entre los que se considerarán: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
- Estudios previos del proyecto , entre los que pueden incluirse: trabajos de planificación,ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos.
- Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidad en aquellos proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.
Requisitos de los proyectos:
- Destinarse a la creación, ampliación o modernización de establecimientos.
- Que tengan una clara incidencia sobre el empleo.
- Ser viables técnica, económica y financieramente.
- Autofinanciarse al menos en un 30%.
- Inversión incentivable superior a 600.000 euros.
- La inversión no podrá iniciarse antes del momento en que el órgano competente de la comunidad autónoma haya confirmado por escrito al solicitante que el proyecto , sujeto al resultado final derivado de una verificación detallada es, a primera vista, susceptible de ser elegible en cumplimiento de las condiciones generales de localización y de inversión productiva, sin que se presuponga el cumplimiento del resto de las condiciones que deban exigirse para la concesión de los incentivos regionales y por lo tanto sin que ello prejuzgue la decisión que finalmente se adopte.

A estos efectos se considerarán iniciadas las inversiones cuando exista cualquier compromiso en firme de adquisición de bienes o de arrendamiento de servicios que afecten al proyecto . Por ''inicio de las inversiones'' se entiende, o bien el inicio de los trabajos de construcción, o bien el primer compromiso en firme para el pedido de equipos, con exclusión de los estudios previos de viabilidad.
Tipos de Proyectos:
- Creación de nuevo establecimiento : que generen nuevos puestos de trabajo.
- Ampliación : que supongan un aumento significativo de la capacidad productiva. La inversión incentivable debe superar un determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento y que generen nuevos puestos de trabajo y mantenga los existentes.
- Modernización: que la inversión constituya una parte importante del inmovilizado material y que supere un determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento que se moderniza. Debe mantenerse los puestos de trabajo existentes.
Cuantía de la ayuda:
- Los incentivos regionales que podrán concederse en la zona de promoción del Principado de Asturias a partir del 1 de enero de 2011 no podrán sobrepasar el porcentaje máximo del 20 por ciento sobre la inversión aprobada .
- Estas ayudas serán compatibles con otras cualquiera que sea su naturaleza y el órgano o administración que las conceda, siempre que acumuladas no sobrepasen los límites máximos de ayuda establecidos en el Mapa español de ayudas de finalidad regional.

Finalidad

- La promoción en la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica que propongan inversiones basadas en proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) y, en general, en la innovación tecnológica, el diseño industrial y la mejora medioambiental.
- El impulso del potencial endógeno del territorio así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio ambiente.
- El fomento de la diversificación en los sectores de la producción y la distribución que aumenten el atractivo y el impulso de la actividad en el territorio.

Beneficiarios

Serán sectores promocionables los siguientes:
- Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa
en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
- Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente
el potencial endógeno de la zona.
- Se considerarán sectores excluidos los no citados anteriormente.

En todo caso se tendrán en cuenta las normas y criterios de la Unión Europea vigentes para los sectores que puedan considerarse sensibles.

Por acuerdo del Consejo Rector se podrán establecer restricciones sobre actividades incluidas en los sectores promocionables conforme a las directrices de política económica.

Plazo

Las resolucion de las solicitudes de ayudas de incentivos regionales que se dicten hasta el 30 de junio de 2014, se regirán por los Reales Decretos de delimitación de la correspondiente zona actualmente vigentes. Las resoluciones que se dicten desde el 1 de julio de 2014, se regirán por la normativa que resulte de la adaptación a las nuevas Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para el periodo 2014-2020. desde el 01/01/2015 hasta el 31/12/2016

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